Pongamos algunos ejemplos de colaboración mensual:
Si aportas 12,5€ al mes durante todo un año, solo te costará 2,5€/mes
Si donas 45€ al mes durante todo un año, te costará 23,6€/mes
Aportando 90€ mensuales, solamente pagarás 52,8€/mes
Y si tu donativo es de 120€ cada mes, serán 72,3€/mes
Si es el tercer año que colaboras con nosotros y tu aportación supera los 150€ anuales, te deducirás el 80% de los primeros 150€ y el 40% del resto (siempre y cuando la donación sea igual o superior a los dos años anteriores).
Un nuevo ejemplo:
Si es el primer o segundo año que pagas 20€ al mes, el coste real será de 7,4€/mes (89€/año).
Mientras que si es el tercer año que pagas 20€ al mes, el coste real será de 7€/mes (84€/año).
*Fundación Exit destinará las aportaciones según las necesidades del momento.
Las empresas y organizaciones también pueden beneficiarse de deducciones fiscales: de un 35% el primer y segundo año y de un 40% a partir del tercer año (siempre y cuando la donación sea igual o superior a los dos años anteriores).
Y si quieres ir un paso más allá y que tu compañía forme parte de una alianza de empresas comprometidas con reducir el abandono educativo temprano y mejorar la empleabilidad de jóvenes en situación de vulnerabilidad, realiza tu donativo a través del Reto E3.
SIN JÓVENES
NO HAY FUTURO:
UN RETO COMPARTIDO
*Fundación Exit destinará las aportaciones según las necesidades del momento.
Usa nuestra Calculadora de Deducciones Fiscales por Donativos para saber cuál es el importe que te deducirás en tu Declaración de la Renta:
Y si quieres ampliar información, aquí te dejamos algunos datos más sobre el Marco Fiscal de Donaciones Deducibles:
El régimen fiscal de las donaciones y aportaciones se encuentra recogido en el Capítulo II del Título III de la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Este 2020 el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo ha modificado el artículo 19 sobre la deducción de la cuota de IRPF de la Ley 49/2002.
Los donativos a ONG’s y Fundaciones, pueden ser deducibles tanto en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como también en el Impuesto de Sociedades (IS).
Para que la persona física o sociedad donante pueda realizar éste trámite debe contar con el certificado fiscal de la Fundación/ONG. Se trata de un documento que otorga la organización al donante una vez realizado el donativo.
El importe a devolver siempre variará en función del tipo de colaboración/donativo y según el régimen fiscal al que esté sujeta la organización con la que hayas colaborado.
Los donativos que darán derecho a practicar deducciones serán los dinerarios, de bienes o derechos; los de constitución de derecho de usufructo o las cuotas de afiliación. Puedes solicitar más información al departamento de finanzas de la Fundación.
Desde el año 2008, la Fundación Exit es analizada por la Fundación Lealtad cumpliendo siempre con los nueve Principios de Transparencia y Buenas Prácticas.
Si todavía tienes dudas, escríbenos a info@fundacionexit.org y te las resolveremos. ¡Gracias por apostar por la juventud!