Nueva ley de mecenazgo, ¿cómo funciona y cómo afecta a las donaciones de tu entidad?
La reciente modificación de la llamada Ley de Mecenazgo entra en vigor el 1 de enero 2024 y trae consigo importantes ajustes en el ámbito de las donaciones a entidades. Las novedades están relacionadas con el estímulo al micro mecenazgo y el aumento de las deducciones.
Estímulo al Micromecenazgo y Aumento de Deducciones
Uno de los aspectos más destacados es el estímulo al micromecenazgo, con un aumento significativo en los porcentajes de deducción. Para las personas físicas, la base sobre la cual se puede deducir el 80% de la donación del IRPF se eleva de 150 € a 250 €. Además, se establece un 40% de deducción para el resto de la base. En el caso de las personas jurídicas, las deducciones en el impuesto sobre sociedades pasan del 35% al 40%. Para premiar el mecenazgo sostenido, las deducciones pueden llegar al 45% si en los dos años anteriores se ha donado a la misma entidad por el mismo importe.
Ampliación del Concepto de Donación Deducible
La cesión de uso de muebles e inmuebles se incluye ahora en el concepto de donación fiscalmente deducible, enmarcándose en la donación de derechos. Además, se amplía el concepto de convenio de colaboración, incorporando expresamente las aportaciones en especie, incluyendo la prestación gratuita de servicios, permitiendo a los colaboradores difundir dicha colaboración.
Mecenazgo de Reconocimiento o Recompensa
La nueva ley introduce el mecenazgo de reconocimiento o recompensa, permitiendo a los donantes obtener retornos simbólicos en forma de contraprestación de bienes o servicios, siempre que no superen el 15% del valor de la donación, con un tope máximo de 25.000 €.
Ampliación de Exenciones para Entidades sin Ánimo de Lucro
Se extienden las modalidades de explotaciones económicas exentas para entidades sin ánimo de lucro en áreas como desarrollo e innovación, prestaciones de servicios de inserción sociolaboral, y enseñanza y formación profesional vinculadas a estudiantes de altas capacidades.
Deducciones en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes
Se establece la posibilidad de deducción de la cuota del Impuesto sobre la Renta de No Residentes para contribuyentes que operen en territorio español, ya sea sin establecimiento permanente o mediante establecimiento permanente, con límites específicos.
La nueva ley de mecenazgo busca impulsar y reconocer las contribuciones, incentivando el apoyo a entidades sin ánimo de lucro. Estas modificaciones no solo ofrecen beneficios fiscales, sino que también amplían las oportunidades para colaborar y promover el bienestar social.

Dona más por menos y ayúdanos a que la juventud siga estudiando y se inserte en el mercado laboral.
¿Sabías que la solidaridad desgrava? Si eres una persona física y has donado 250€ durante todo un año, en tu declaración de la Renta te deducirás 200€. Es decir, en realidad habrás pagado ¡solo 50€!
Pongamos algunos ejemplos de colaboración mensual:
- Si aportas 15€ al mes durante todo un año, solo te costará 3€/mes.
- Si donas 30€ al mes durante todo un año, te costará 9,6€/mes.
- Aportando 50€ mensuales, sólo pagarás 21,8€/mes.
- Y con 100€/mes serán 51,6€/mes.
¡Apostando por los jóvenes de hoy, construimos juntos el mañana!
